Guía del nuevo musulmán X – La Zakat o limosna legal

LA ZAKAT – LIMOSNA LEGAL

La Zakat (Limosna legal) es el tercer pilar del Islam. Su fuente es un mandato coránico con destinatarios y destinos concretados en el Libro de Allâh. Se trata de un impuesto sobre el Patrimonio y sobre los beneficios de comercio.

“Realmente la limosna ha de ser para los necesitados, los mendigos, los que trabajan en recaudarlas, para los que tienen sus corazones amansados, para rescatar esclavos, para los indigentes, para la causa del camino de Allâh y para el hijo del camino. Esto es una prescripción de Allâh y Allâh es conocedor y Sabio” (Corán 9-60)

Podemos decir que nos encontramos ante una distribución equitativa de los bienes que Allâh ha puesto a nuestra disposición. Los bienes pertenecen en realidad a Allâh; nosotros solamente somos sus depositarios y gestores; hecho este sobre el que no solamente debemos dar gracias, sino que debemos estar dispuestos a distribuir dichos bienes, a ser posible, con toda generosidad, entre nuestros semejantes menos favorecidos. Pagar la Zakat enternece el corazón y provoca que demos inmensas gracias a Allâh por Sus beneficios. Asimismo, la Zakat crea un ambiente de simpatía y confianza entre los ricos y los pobres, restablece el amor entre los creyentes y crea lazos indestructibles.

El Libro de Allâh nos enumera ocho categorías de destinatarios, a saber:

Los necesitados – los mendigos – los recaudadores del impuesto – los que van a entrar al Islam – el rescate de esclavos – los indigentes – el camino de Allâh – el viajero necesitado-.

Entre los necesitados, los mendigos y los indigentes la línea de separación puede llegara a ser bastante fina. Aunque podemos decir que en estas tres categorías la diferencia radica en la intensidad de la pobreza de la persona. El necesitado puede ser simplemente una persona que tiene contraída una deuda y no puede pagarla; el mendigo es aquel quien no puede alimentarse ni vestirse por sus propios medios y el indigente aquel quien no llega a garantizarse enteramente su sustento.

En cuanto a aquellos quienes vayan a entrar al Islam debemos explicar que, en ocasiones, el Profeta – sobre él la plegaria y la paz – destinaba parte del botín a hacer regalos a algunas de las tribus a fin de predisponerlas a aceptar el Islam.

El camino de Allâh comprende el Ŷihad y la Dawa o prédica islámica.

El viajero necesitado es aquel quien no tiene medios suficientes para pagar su estancia en un lugar alejado de su hogar. Entonces, en ese caso, la Zakat puede utilizarse para construir albergues donde estas personas puedan residir durante su viaje, así como altos en el camino donde puedan residir, comer y asearse.

¿SOBRE QUE BIENES SE APLICA EL IMPUESTO?

El impuesto se aplica sobre el patrimonio, ya sea inmobiliario, dinero o cualquier clase bienes; asimismo se aplica sobre el beneficio del comercio, en caso de que este constituya la fuente de ingresos de la persona a quien se le debe imponer.

1 / Patrimonio

Nos referimos con Patrimonio a las posesiones que excedan del máximo sobre el cual ha de imponerse, es decir: Bienes muebles, e inmuebles, terrenos, plantaciones, dinero, oro, joyas, autos y demás posesiones; siendo todos estos bienes calculables a precio actual de mercado.

Exenciones

Se encuentran exentos del impuesto: La propia vivienda en propiedad, los autos necesarios, los ahorros que no excedan de alrededor una cantidad que oscila entre 1000 y 1500 Euros; aunque se aconseja calcular el impuesto partiendo de la cantidad más baja.

Sí se tienen deudas, estas deben deducirse del patrimonio. Si por ejemplo una persona tiene 2000 Euros en el banco y ha contraído una deuda de 5000, y no posee patrimonio en exceso del máximo de patrimonio exento, entonces no pagará zakat, pues su patrimonio imponible sería negativo (1000-5000= -4000)

2 / Beneficio del comercio

Se considera beneficio del comercio gravable toda aquella cantidad del Beneficio Neto que exceda de lo que una persona o familia necesiten para vivir sencillamente y sin lujos, es decir, toda aquella cantidad que excediendo de la manutención necesaria, se encuentre destinada al ahorro o a la adquisición de artículos suntuarios.

¿CUAL ES EL PORCENTAJE A ABONAR?

El tanto por ciento a aplicar es un 2,5 por ciento, aunque existen otros cálculos sobre cereales, granos y ganado; áreas en las cuales hay que aplicar conceptos de riesgo, ya que se trata de animales vivos o de artículos expuestos a cualquier tipo de inclemencias; o simplemente redondear. No vamos a explicar esto último en esta Guía al no ser necesario para el nuevo musulmán, aunque si lo trataremos en detalle en un artículo más extenso sobre el sujeto de la Zakat.

¿COMO DEBE ABONARSE?

Primeramente hemos de decir que el perceptor debe ser musulmán o alguien a quien queramos ganar para el Islam.

Habida cuenta de que ninguno de los países en los que vivimos, ya sean de mayoría musulmana o no, no contempla en sus leyes la obligatoriedad del pago de la Zakat, somos libres de pagarla a aquellos quienes estimemos se encuentran entre las categorías de destinatarios relacionados por el Libro de Allâh.

Si no confiamos en terceros para entregarla, debemos ser nosotros, ya que es nuestra responsabilidad, la cual no puede ser delegada en otros salvo en casos de necesidad y de extrema confianza en la persona elegida.

¿CUANDO HA DE PAGARSE?

En países donde la escuela Maliki (madhab Maliki) es el mayoritario, como Marruecos por ejemplo, se suele pagar el día de Ašura.

Por ejemplo, en Ašura de 1439 pagaremos el impuesto sobre la base imponible existente en el día de Ašura de 1438.

Ahora bien, para aquella persona que se haya islamizado entre estas fechas no hay mal alguno en que pague la Zakat sobre el patrimonio exitente en el momento en el cual la satisface.

LA LIMOSNA DE FIN DE RAMADAN

En el capítulo del Ayuno explicamos cómo, cuándo y cuánto debe pagarse en concepto de Zakat en el mes de Ramadan. Solamente debemos precisar que se trata de una limosna de obligado cumplimiento para todo aquel que pueda satisfacer esa pequeña cantidad.