A favor de la mezquita de Apolonia en Lorca
Por Jesús López Gil.
La libertad religiosa está en juego en el barrio de Apolonia de Lorca y en otros lugares de España. Un centenar de personas con el apoyo del partido VOX, se manifiestan en contra de la apertura de Mezquitas. Los portavoces contra las mezquitas han afirmado entre otras cosas que “hay muchos sitios en Lorca alejados de los núcleos urbanos” en los que se pueden instalar y que el barrio está “muy castigados por la inmigración”, y sería la puesta en marcha de la mezquita es “una bomba de relojería”.
Ninguno de estos argumentos pueden ser aceptados como válido. La construcción y apertura de Mezquitas debe realizarse sin ningún tipo de discriminación respecto a otras religiones. Tampoco se debe permitir comparar la inmigración con la delincuencia cuando en España los mayores delincuentes son personas que cuentan con mucho poder para cometen abusos con gran impunidad.
Lo que está haciendo esta gente anti-mezquitas es sembrar la desconfianza y el miedo contra los musulmanes para que los vecinos se opongan a la construcción o apertura de Mezquitas. Sobre el problema de la convivencia ciudadana, vale la pena recordar que en Madrid, la Mezquita de los Senegaleses está en la misma calle donde tiene su sede una asociación gay y a un establecimiento anarquista, sin que se haya producido jamás ningún tipo de incidente. En Londres un grupo de musulmanes que se encontraban celebrando el Ramadán, al observar el incendio de la torre Grenfell, en el que murieron 59 personas, actuaron de manera activa evitando la muerte de muchas más personas. Andre Barroso, testigo de los hechos y vecino del lugar relató la intervención de los musulmanes al periódico, “The independent”, con las siguientes palabras:
“Jugaron un gran papel al sacar a mucha gente del edificio. La mayoría de las personas que pude ver ayudando eran musulmanas. Encima también se pusieron a proporcionar comida y ropa a los afectados”, (cita recogida del artículo de la Vanguardia, “Los musulmanes en Ramadán fueron los héroes en el incendio de Londres”.
Los islamófobos se olvidan también de la cantidad de asociaciones de musulmanes que reparten comida por las calles durante el Ramadan o que participan con organizaciones católicas para ayudar a los sin techo. Si un musulmán, un cristiano o un ateo cometen un delito debe pagarlo él, sin que este hecho se extrapole a toda la comunidad musulmana, cristiana o atea. La islamofobia está llena de mentiras, deformaciones y prejuicios. Relacionar terrorismo con islam equivale a considerar a cada musulmán como un potenciar delincuente, olvidando que las mayores víctimas de este tipo de terrorismo son los propios musulmanes en Oriente Medio. Nada hay más contrario al islam que el terrorismo. El Profeta de Allah, (saw) reunía a sus compañeros y les advertía de que:
“…no mataran mujeres, niños, ancianos, monjes, a los que se rindiesen, ni que destruyeran o quemaran casas, cultivos o arrancaran árboles”.
El verdadero islam, nos habla de paz, de misericordia y de amor. Se cuenta que el Profeta de Allah, (saw), tambien dijo:
«Tened misericordia con aquellos que están en la Tierra para que Aquel que está en el cielo sea misericordioso con vosotros» (At-Tirmidhi). “Dios no mostrará misericordia a quien no es misericordioso con la gente.” (Sahih Al-Bujari).
La instalación de Mezquitas es un derecho reconocido por la Constitución Española, la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Acuerdos firmados entre el Estado Español y los representantes reconocidos de la Comunidad Musulmana. Sobre la libertad religiosa la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 18, indica:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
La Constitución Española en su artículo 16.1 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley. Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa, establece en su artículo 1, que el Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto, reconocida en la Constitución, con la única limitación de la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública, (artículo 3).
https://www.laverdad.es/murcia/lorca/movilizacion-barrio-apolonia-20201003002001-ntvo.html
https://angelalvarezhernandez08.blogspot.com/2017/07/el-derecho-abrir-mezquitas-y-la.html